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Acceso a expediente y RecursosTerminación del recurso interpuesto por desaparición sobrevenida de su objeto.

 

Supuesto:  Empresa licitadora presenta recurso contra los pliegos que rigen un contrato de servicios de viajes con alojamiento hotelero incluido, por infracción del artículo 126.6 de la LCSP que prohíbe la elección de un determinado empresario, origen o marca concreta sin justificación precisa en el objeto del contrato e incluyendo la mención de “o equivalente”

En efecto, el pliego de prescripciones Técnicas establece la necesidad de que el alojamiento se realice en un determinado hotel, sin la justificación precisa en el objeto contractual que la ley exige.

El órgano de contratación a la vista de lo anterior emitió una resolución en virtud de la cual desiste del procedimiento en base en una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato.

Al tribunal no le queda otra posibilidad que inadmitir el recurso por pérdida sobrevenida de objeto como resultado del desistimiento previo acordado por el órgano de contratación.

Resolución TACRC nº 765/2022

 

 

 

Ilustración por @The_graphic_bakery

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